| OBLIGACIÓN |
Acción de obligar. Circunstancia de estar alguien obligado a algo, por imposición legal o deber moral. y Título-valor emitido por una sociedad mercantil y suscrito por una persona física o jurídica. y Ver BONO. |
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| OBLIGACIÓN AL PORTADOR |
Obligación cuya transmisión se realiza por cesión simple de los títulos de un tenedor a otro. |
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| OBLIGACIÓN CONVERTIBLE |
Obligación que puede ser convertida en acciones de la sociedad emisora a voluntad del tenedor, de acuerdo con una serie de condiciones: fecha, valor y precio de conversión, entre otras. |
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| OBLIGACIÓN GARANTIZADA |
Título representativo de un préstamo en el que la obligación de pago está reforzada con un derecho de garantía real o personal, como hipoteca y/o aval. |
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| OBLIGACIÓN HIPOTECARIA |
Obligaciones emitidas por sociedades mercantiles y por instituciones financieras que se encuentran respaldadas por títulos hipotecarios. |
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| OBLIGACIÓN SUBORDINADA |
Pasivo subordinado a todos los demás pasivos de la entidad de intermediación financiera, estando disponible para absorber pérdidas en caso de que los recursos patrimoniales resulten insuficientes. |
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| OBLIGACIONISTA |
Tenedor o titular de una obligación. |
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| OBLIGADO |
Emisor, aceptante, librador, fiador, avalista de una obligación. |
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| OFERTA |
Propuesta para contratar. y En teoría económica, conjunto de bienes, de mercancías y de servicios que se presentan en un mercado a un precio dado. |
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| OFERTA MONETARIA |
Cantidad de dinero en circulación en una economía. y Magnitud monetaria, M1, que incluye efectivo en manos del público, más los depósitos del sistema crediticio, más los depósitos ordinarios de otras instituciones en el BCB. |
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| OFICIAL DE CRÉDITO |
Funcionario de una entidad financiera encargado del análisis de riesgo de una solicitud de crédito, su evaluación y el seguimiento del pago de la obligación. |
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| OFICINA CENTRAL |
Oficina que consolida todas las operaciones de una entidad de intermediación financiera. |
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| OFICINA DE REPRESENTACIÓN |
Oficina promotora de negocios, autorizada por la SBEF, que representa a una entidad de intermediación financiera constituida y radicada en el exterior del país. |
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| OPCIÓN |
Contrato por el cual se otorga a una de las partes la facultad de decidir a su favor, y de acuerdo con su conveniencia, la compra o la venta de un determinado lote de instrumentos financieros, a un precio determinado y en una fecha dada. y Otorga el derecho pero no la obligación de comprar o de vender. |
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| OPERACIÓN A LA VISTA |
Plazo de hasta 90 días con el que operan en general los mercados de dinero. El plazo mínimo está restringido a tres días y el máximo, a 220 días. |
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| OPERACIONES A PLAZO |
Operaciones en las que el cambio del valor o título por metálico se realiza de mutuo acuerdo en el plazo establecido por los contratantes. |
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| OPERACIONES AL CONTADO |
Operaciones en las que la entrega de títulos y el pago de precios se realizan en el acto o, como máximo, se realizan a dos días hábiles de la fecha comprometida. |
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| OPERACIONES DE MERCADO ABIERTO [OMAs] |
Operaciones realizadas por el BCB, comprando o vendiendo deuda del Estado a corto plazo, con el fin de aumentar o de drenar liquidez del sistema, y de influir en las reservas bancarias, en la oferta monetaria y en los tipos de interés. Si el BCB quiere aumentar la oferta monetaria, comprará títulos y dará dinero a cambio; si quiere reducir la liquidez, venderá títulos y recibirá dinero a cambio. |
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| ORDEN DE RETENCIÓN |
Procedimiento para que una deuda sea saldada por deducción en los salarios de los deudores. |
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| ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL FINANCIERA |
Jurícamente está constituida como una asociación o fundación civil sin fines de lucro, cuya actividad principal es la otorgación de microcréditos a sectores desatendidos por las entidades fiancieras convencionales. No está fiscalizada por la SBEF, puesto que no tiene facultades de intermediación financiera. y La LBEF de 1993, tambien las denominada Instituciones Privadas para el Desarrollo Social (IPDS). y Ver INSTITUCIONES PRIVADAS DE DESARROLLO. |
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| ORGANIZACIÓN PARAGUAS |
Institución mayorista, registrada legalmente, que ofrece servicios financieros, administrativos y otros a instituciones microfinancieras detallistas. |
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